La Justicia Federal levantó la cautelar que
frenaba el decreto de la Presidenta, por el cual se anulaba la venta del predio
ferial de Palermo a la Sociedad Rural Argentina por haberse realizado mediante
una operación ilegítima y a precio vil en la década del 90.
El juez Iván Garbarino, titular
del juzgado nacional de primera instancia en lo Civil y Comercial Federal N°8
de la Capital Federal dispuso el levantamiento de la medida cautelar que
suspendía el decreto presidencial de Cristina Kirchner que revocó por
"ilegitimo" al decreto firmado por el entonces Presidente Carlos Saúl
Menem con el cual aprobaba el boleto de compra - venta del Predio Ferial de
Palermo suscripto por el Estado Nacional y la sociedad Rural Argentina.
La anulación de la venta de dicho
predio, anunciada por la la Presidenta de la Nación a fines del 2012 y luego
trabada en la justica hasta el día de ayer, se fundamentó en que "la venta
a favor de la Sociedad Rural Argentina fue instrumentada a un precio vil de 30
millones de dólares, con financiación a diez años, importe que, incluso, no fue
abonado por la entidad agropecuari", consignó la agencia Telam.
En su resolución, el magistrado
indicó como un antecedente "decisivo", para el levantamiento de la
cautelar que pesaba sobre el decreto de la Presidenta de la Nación, la causa en
la cual el Juez Federal Sergio Gabriel torres dispuso el procesamiento de una
decena funcionarios nacionales y representantes de la Sociedad Rural, entre los
que se encuentra el ex ministro de economía Domingo Felipe Cavallo, por el
delito de peculado a raíz de la venta del predio en cuestión a precio vil.
En dicha causa, Garbarino
consideró para su fallo, la existencia de informes periciales que indicaron que
el valor del inmueble era sustancialmente superior al fijado para su venta.
Entre sus fundamentos, el juez
Federal señaló que la medida cautelar concedida a principios de 2013 que
frenaba el decreto dispuesto por Cristina Fernández de Kirchner “había excedido
con creces los límites temporales” fijados por ley para este tipo de medidas
(Seis meses)”, teniendo en cuenta a su vez la “escasa” vocación por parte de la
Sociedad Rural para impulsar las acciones legales correspondientes.
Finalmente, Garbarino, manifestó
que tras lo actuado por el juez Torres existen elementos suficientes para
estimar que la venta del predio de Palermo a la Sociedad Rural fue un hecho
“delictuoso”, razón por la cual la entidad agropecuaria no debe ser merecedora
de la protección cautelar que le había sido concedida en 2013.
FM Universo 94.3 MHz. Corrientes Capital
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