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sábado, 20 de junio de 2015

Nueva reglamentación para controlar el uso de Drones

En los próximos días entrará en vigencia una reglamentación que fijará pautas para controlar el uso de los “drones”. El Centro INTI-Aeronáutica y Espacial participó en la elaboración de la norma que impulsa la ANAC.

La utilización de Vehículos Aéreos No Tripulados, popularmente conocidos como “drones” ya es una realidad aunque, como sucede con las nuevas tecnologías, su uso recién ahora está comenzando a ser reglamentado mundialmente. En el caso argentino, la ANAC presentó recientemente en sociedad un Reglamento Provisional de los Vehículos Aéreos No Tripulados que fue elaborado de manera participativa con el Centro INTI-Aeronáutica y Espacial, entre otras entidades involucradas.

Es muy común la utilización de estos vehículos para realizar filmaciones en estadios o espectáculos de todo tipo. “Pero estos dispositivos también son de gran utilidad en ámbitos tan variados como la agricultura de precisión para hacer fertilización selectiva; como apoyo de mantenimiento de plantas industriales petroquímicas donde se suele trabajar con equipamiento a 50 metros de altura; o en monitoreo ambiental y de seguridad en situaciones de catástrofe, entre otros usos posibles” advierte Raúl Mingo, director del Centro de Aeronáutica y Espacial del INTI.

La normativa sobre drones apuntará a garantizar la seguridad en el espacio aéreo para evitar posibles colisiones con aeronaves o con personas, ante eventuales fallas y caídas de estos objetos.

Ante esta realidad y los eventuales usos que tendrán los drones a futuro —los expertos advierten que en 2050 los aviones de trasporte comercial podrían ser controlados de manera remota sin pilotos a bordo — la Organización de Aviación Civil Internacional alienta a los Estados miembro a que contribuyan a la elaboración de políticas regulatorias que hagan posible “la integración de los sistemas tripulados con piloto en la aeronave y tripulados con piloto en tierra, para el espacio aéreo controlado y no controlado, y a considerar sus diferencias fundamentales”, según una circular emitida recientemente por el organismo.

“Los drones no son reconocidos como aeronaves por carecer de un piloto que los tripule a bordo. Es por eso que el código aeronáutico no contemplaba el uso de los Vehículos Aéreos no Tripulados y se hace necesaria una reglamentación específica que contemple a los pilotos desde tierra”, explica Mingo.

Para la elaboración de la nueva normativa, las recomendaciones realizadas a la ANAC por parte del INTI contemplaron dos puntos fundamentales: la seguridad y el apoyo a las actividades productivas. “Además de garantizar la seguridad de las personas, el INTI apuesta a que esta regulación permita fortalecer una industria que está en estado latente en Argentina y que tiene una buena base tecnológica para patrocinarla”, asegura el experto del INTI. Mingo señala que existen pymes que comercializan drones tanto en el país como en el exterior, por lo que se espera que las regulaciones sean lo suficientemente amplias como para no limitar estas actividades; “pero debemos ser cautos para evitar daños a terceros para lo que se hace necesario que se contemple la necesidad de incorporar sistemas de seguridad y control de vuelo remoto desde la tecnología que permitan ampliar el campo de utilización de estos vehículos aéreos”.

El director de INTI-Aeronáutica y Espacial explica que para una mayor seguridad, los drones podrían contar con sistemas de navegación autónomos (programas computacionales asociados a la dinámica del vuelo) que les permitirían tomar decisiones ante pérdidas de enlace a tierra. “Esta posibilidad, con una justa y exhaustiva validación tecnológica del modelo, aumentaría sin lugar a dudas la promoción industrial de estas aeronaves con una adecuada seguridad de vuelo ya que permitiría la operación de estos dispositivos más allá del campo visual de quien lo opere”.

En este punto, Fabián Schinca, jefe de Normativa Aeronáutica de la ANAC, advierte que la reglamentación hace hincapié en la seguridad operacional para evitar el riesgo tanto a aeronaves como a personas. Por tal motivo, se establece que los drones operen en lo que se denomina espacios aéreos segregados. Se trata de espacios de dimensiones especificadas asignados a usuarios determinados y que se encuentran alejados de los centros urbanos para realizar actividades recreativas o deportivas, como sucede en el caso del aeromodelismo.


En lo referente al espacio aéreo no segregado, es decir, el espacio controlado que comprende las zonas urbanas, las inmediaciones de los aeródromos y las aglomeraciones de personas, el reglamento establece “restricciones para el vuelo de drones, tanto en altura como distancia, que, de acuerdo al tipo de operación que pretenda efectuarse y de las medidas de seguridad con las que se cuente, se podrá evaluar excepcionalmente caso por caso la autorización de los vuelos con estos dispositivos”, asevera el referente de la ANAC. “Por ejemplo, la autorización del uso de drones para filmación en estadios o espectáculos públicos tendrá en cuenta los aspectos de seguridad con que cuente el dispositivo. Si hubiera una interferencia en la señal, o el dispositivo perdiera el enlace o se quedara sin batería, el drone deberá tener incorporado un sistema de seguridad, es decir, un dispositivo de recuperación con memoria de recorrido para que el vehículo vuelva al punto de retorn o o descienda de forma controlada a baja velocidad para evitar accidentes”, detalla Shinca.

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