LA JUSTICIA NO ACTÚA
Pese a la prohibición expresa de
la Ley Electoral nacional y la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
de la Nación, el gobernador Ricardo Colombi, el intendente de Santa Ana y
funcionarios provinciales que son candidatos a legisladores, inauguraron obras
y formailizaron un acto de gobierno en plena veda política. Se harían pasibles
a acciones judiciales, aunque la Justicia Federal aún no actuó de oficio.
El parte oficial difundido por la
oficina de Información Pública de la Gobernación de Corrientes, da cuenta por
sí mismo del ilícito, expresamente prohibido por las leyes federales.
El gobernador Ricardo Colombi
encabezó este sábado una serie de inauguraciones en la localidad de Santa Ana,
jornada enmarcada también por las celebraciones de su santa patrona. Fue así
que junto al intendente local, Augusto Navarrete, ministros, legisladores,
vecinos y diversas autoridades, el mandatario dejó oficialmente habilitado los
9,5 kilómetros de repavimentación de la ruta provincial N° 43. Del mismo modo,
también se inauguraron refacciones de la comisaría, pavimentación de una calle
y la peatonal del histórico "Tren El Económico", dice el comunicado oficial.
Pero el delito federal no sería más explícito
si el parte oficial no hubiese aclarado que participaron del mismo los propios
candidatos a legisladores nacionales de "Cambiemos": Acompañaron así
los ministros Julián Dindart (Salud Pública), Pedro Braillard Poccard
(Seguridad), Orlando Macció (Educación) e Inés Presman (Turismo), los senadores
Noel Breard y David Dos Santos, secretarios y subsecretarios del gabinete
provincial, entre otros. Braillard y Dindart van por el Senado y la Cámara de
Diputados de la nación, respectivamente.
CODIGO ELECTORAL NACIONAL
Artículo 64 quater.- Publicidad
de los actos de gobierno. Durante la campaña electoral, la publicidad de los
actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan; expresamente la
captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos
electivos nacionales. Queda prohibido durante los quince (15) días anteriores a
la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y
obligatorias y la elección general, la realización de actos inaugurales de
obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de
alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que
pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los
candidatos a cargos públicos electivos nacionales.
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