El Gobierno oficializó la creación del "Fondo
Fiduciario del Cruce Marítimo Sur", por mil millones de pesos, que tendrá
como objetivo el financiamiento de las obras necesarias para conectar las provincias
de Santa Cruz y Tierra del Fuego y la Antártida.
Buenos Aires.- Así quedó establecido a través de un decreto
publicado este martes en el Boletín Oficial, con la firma de la presidente
Cristina de Kirchner y de todos los ministros del gabinete.
Según esa medida, el fondo fiduciario "se conformará
como un fideicomiso de administración y financiero destinado al financiamiento
de las obras necesarias para establecer la conexión marítima entre la Provincia
de Santa Cruz y la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e islas del
Atlántico Sur".
El decreto estableció que el órgano responsable de la
coordinación de los sistemas de administración financiera del Sector Público
Nacional, "estará habilitado a realizar operaciones de crédito público
adicionales a las autorizadas en la ley de presupuesto del año en curso, con el
fin de disponer un aporte de capital inicial de hasta mil millones de
pesos".
Ese aporte se concretará "mediante la emisión de Letras
del Tesoro a 42 meses de plazo", de acuerdo con el texto oficial, que a la
vez aclaró que el "Fondo Fiduciario del Cruce Marítimo Sur" tendrá
una duración de 10 años, renovable, contados desde la integración de los bienes
fideicomitidos.
Además, el Gobierno dispuso que al vencimiento del plazo
establecido para la vigencia de este nuevo Fondo, "todos los bienes
fideicomitidos que integren el patrimonio del citado Fondo en ese momento serán
transferidos al Estado Nacional, en su carácter de fideicomisario, los cuales
deberán destinarse a programas con objetivos similares a los del presente
decreto".
Asimismo, puntualizó que el fiduciante (quien entrega o
transfiere los bienes) "es el Estado Nacional, a través del Ministerio de
Economía y Finanzas Públicas, en cuanto transfiere la propiedad fiduciaria de
los bienes fideicomitidos al fiduciario con el destino exclusivo e irrevocable
al cumplimiento del presente decreto y del contrato de fideicomiso respectivo".
"El fiduciario (quien recibe los bienes para que los
administre o los enajene) es Nación Fideicomisos S.A., como administrador de
los bienes que se transfieren en fideicomiso con el destino exclusivo e
irrevocable que se establece en la presente norma, de conformidad con las
pautas a establecer en el Contrato de Fideicomiso y las instrucciones
dispuestas por el Comité Ejecutivo", añadió.
Y resaltó que el Fondo contará con un patrimonio que estará
constituido por los bienes fideicomitidos, "que en ningún caso constituyen
ni serán considerados como recursos presupuestarios, impositivos o de cualquier
otra naturaleza que ponga en riesgo el cumplimiento del fin al que están
afectados, ni el modo u oportunidad en que se realicen".
Esos bienes son:
* Los recursos provenientes del Tesoro Nacional.
* Los ingresos generados por el financiamiento de otros
instrumentos financieros.
* El producido de sus operaciones, la renta, frutos e
inversión de los bienes fideicomitidos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario