La iniciativa de Cambiemos y el PJ será tratada mañana en
comisión en el Senado. Le otorga al Ejecutivo una fuerte injerencia en la
Procuración. Elimina unidades de lavado, lesa humanidad y violencia contra las
mujeres, entre otras, previstas en la ley vigente.
Por Irina Hauser
El proyecto que tratará en Senado flexibiliza
el procedimiento para la destitución del procurador.
Imagen: Télam
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El oficialismo pondrá el pie en el acelerador esta semana en
busca de la aprobación de su proyecto de reforma de la Ley orgánica del
Ministerio Público. Mañana será tratado en la Comisión de Justicia y Asuntos
penales del Senado y el 15 de noviembre está prevista la votación en el
recinto. Es el paso previo a la designación de un o una reemplazante de
Alejandra Gils Carbó al frente de la
Procuración General. Si la propuesta se aprueba tal como está, ya no hará falta
una mayoría de los dos tercios de los votos para la designación sino que
bastará con una mayoría absoluta. El texto, presentado por Cambiemos en
sociedad con el peronismo, introduce modificaciones sustanciales que le otorgan
al Poder Ejecutivo una fuerte injerencia en la estructura de la Procuración y
las fiscalías nacionales. También flexibiliza el procedimiento para la destitución
del procurador o procuradora, faculta a la comisión bicameral a opinar sobre la
actuación del Ministerio Público, elimina unidades especializadas (como la de
Lavado, Narcocriminalidad, Lesa Humanidad, Trata, violencia institucional,
violencia contra las mujeres Corrupción, entre otros) y disuelve direcciones
como la Políticas de Género y recupero de Activos. Por una cláusula
transitoria, además, podría haber despidos.
El proyecto presentado el viernes último en el Senado lleva
las firmas del presidente provisional del Senado y referente del oficialismo
Federico Pinedo, el radical Angel Rozas, y los senadores del PJ Miguel Pichetto
y Rodolfo Urtubey. La reforma apunta a los ministerios públicos Fiscal y de la
Defensa. El principal interés del gobierno está puesto en la Procuración
General, ya que es de donde parte el diseño de la política criminal, eje de las investigaciones penales, pero
también puede tener fuerte incidencia en otros
rubros como la seguridad social, los derechos laborales y los casos del
fuero contencioso administrativo que atañen al Estado. El proyecto presentado
por el tándem oficialismo-peronismo establece que quien esté al mando de la
Procuración General tendrá un mandato limitado a cinco años, con posibilidad de
ser prorrogado por dos años más. Es decir, quien sea designado podría llegar a
estar en funciones lo que queda del gobierno de Mauricio Macri y un próximo.
La Constitución Nacional dice que el Ministerio Público es
“el órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera que
tiene por función promover la actuación de la justicia en defensa de la
legalidad de los intereses generales de la sociedad…”. El carácter vitalicio de
quienes lo lideran fue establecido por
ley, a partir de una interpretación de la reforma constitucional de 1994 que
además los equiparó con los jueces de la Corte Suprema, por eso hasta ahora el
Poder Ejecutivo proponía el procurador o procuradora y el Senado aprobaba con
los dos tercios de los votos. El Gobierno quiere sustituir esa mayoría agravada
y que alcance con la mitad más uno de los votos. Del mismo modo, se eliminará
el procedimiento de destitución por juicio político. El proyecto prevé dos
caminos: la cámara de Diputados puede acusar de oficio y bastará con una
mayoría absoluta; también puede acusar el Poder Ejecutivo, algo que no está
previsto en ninguna provincia respecto de los ministerios públicos locales. La
acusación tiene como efecto inmediato la suspensión. Luego se requiere del
Senado una mayoría que también deja de ser especial y pasa a ser la mitad más
uno. Esto reduce drásticamente la necesidad de consensos para estas decisiones
determinantes.
Pese a la autonomía establecida en la Constitución, el
proyecto estipula que habrá una relación entre el Ministerio Público y el Poder
Ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia. Hasta ahora la ley sólo preveía
el vínculo con el Legislativo, que tiene la Comisión Bilateral de control del
Ministerio Público. Una potestad expresa que se le da en el proyecto al
Ministerio de Justicia es reglamentar cómo se conformará el tribunal de
enjuiciamiento de fiscales. La Comisión Bicameral tendrá más facultades que
ahora: podrá evaluar y hacer recomendaciones al Ministerio Público, pedir
información y convocar a audiencias no solamente al jefe o jefa de los fiscales
sino a los propios funcionarios y hasta podría promover su remoción si no le
satisface la respuesta.
Las procuradurías y direcciones especializadas dejarán de
existir según el proyecto. Además de debilitar área de investigación clave
frente al crimen organizado, su desarticulación puede traer consecuencias en
las investigaciones donde hasta ahora esas procuradurías intervenían. Sería una
forma de dejar a los fiscales sin herramientas frente a las grandes organizaciones delictivas. Disolver la
Procuraduría Crímenes de Lesa Humanidad podría afectar el devenir de los
juicios por crímenes dictatoriales.
No está previsto en
el proyecto nada similar a la Unidad especializada en Violencia contra las
Mujeres y la Dirección de Políticas de Género. Su eliminación deja al
Ministerio Público fiscal sin política criminal en relación a femicidios,
abusos sexuales, violencia doméstica, violencia contra el colectivo LGTBI y
otros delitos similares. A eso se suma que hay una restricción en la
participación de las mujeres en la estructura del Ministerio Público Fiscal.
Por ejemplo, para integrar el jurado de enjuiciamiento de fiscales, se
requerirá ser fiscal general con diez años de antigüedad. Hace diez años los
fiscales eran nombrados a dedo, sin concurso. Las mujeres recién empezaron a
ocupar esos cargos desde que comenzaron a hacerse concursos.
Una cláusula transitoria prevé revertir en un mes los
traslados de fiscales dispuestos en los últimos cinco años. La realización de
traslados, en realidad, fue aplicada por todos los procuradores. El oficialismo
ha hecho lo propio en el Consejo de la Magistratura con algunos jueces, como
Carlos Mahiques en Casación. El proyecto también elimina subrogancias de
funcionarios y abogados. En las provincias, unas veinte fiscalías están en esa
situación. Y otra cláusula transitoria autoriza a echar a todos los empleados
del Ministerio Público que ingresaron sin concurso, en un momento en que no
existía la ley de ingreso democrático. Es decir, les aplicarían la ley de forma
retroactiva. A la vez, nunca el Congreso cuestionó, por ejemplo, que el Poder
Judicial no aplique esa ley que establece el ingreso por concurso.
Hoy presentarán sus objeciones un grupo de organizaciones
del ámbito del derecho. Las primeras observaciones llegaron del Colectivo de
Mujeres del Derecho y del cura Lorenzo “Toto” de Vedia, de la villa 21-24 de
Barracas, que integra un grupo de sacerdotes de las villas porteñas.
El proyecto
que tratará en Senado flexibiliza el procedimiento para la destitución del
procurador.
Imagen: Télam
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