Estas son las principales modificaciones que logró realizar
la CGT tras gestiones ante el Gobierno nacional y que facilitaron celebrar un
principio de acuerdo para elevar la discusión al Congreso.
Triaca visitó la Casa de los Trabajadores
La Confederación General del Trabajo (CGT) logró que se
modifiquen los puntos más polémicos del proyecto de la reforma laboral y hubo
un principio de acuerdo con el Gobierno nacional.
Las negociaciones por el proyecto de Ley presentado por el
Ejecutivo se destrabaron luego de que se acuerde que no se modificarán los
temas fundamentales, como la filosofía del derecho tutelar, el costo de las
indemnizaciones y el banco de horas, entre otros.
El interés de la CGT por llegar a un acuerdo reside en que
se avance en un mecanismo para que se blanqueen casi 1 millón de trabajadores y
así puedan gozar plenamente de derechos laborales.
A continuación, los cambios más importantes en el proyecto:
Trabajo: se eliminó el polémico artículo 4, por lo que se
mantendrá la definición de trabajo en su dimensión asimétrica
empleador-empleado. El proyecto original prácticamente proponía redefinir el
concepto legal de trabajo lo que implicaba la pérdida del sentido en el marco
del derecho laboral.
Se suplantó ese texto por la decisión de conformar la mesa
de diálogo tripartita, una especie de Consejo Económico y Social que funcionará
en forma permanente para evaluar y determinar medidas o cambios en el actual marco
laboral.
Irrenunciabilidad: se estableció que la
"irrenunciabilidad" de derechos no podrá alcanzar ningún aspecto del
convenio ni de la Ley de Contrato de Trabajo y que en el resto de los casos los
trabajadores deberán ser patrocinados por abogados del sindicato en las
presentaciones ante la autoridad administrativa.
La modificación del principio de irrenunciabilidad suponía
que el trabajador podría renunciar a los derechos adquiridos en la empresa, por
ejemplo, a los premios estímulo. Con esta modificación peligraban los
beneficios que están por fuera de la ley pero que se han convertido en derechos
adquiridos de los trabajadores.
Tercerización: se logró que no se rompa el principio de
solidaridad en caso de incumplimiento; es decir, se mantiene la responsabilidad
solidaria de la empresa principal en las tercerizaciones.
Además, se incorporó una cláusula para que ningún principal
puede tercerizar una tarea y que los trabajadores tercerizados estén por debajo
de lo que marca el convenio colectivo, con lo cual nadie podrá subcontratar por
debajo de los costos.
Horas extras: se dejó de lado el banco de horas, que era una
virtual eliminación de la “hora extra”. La creación del llamado "banco de
horas" sólo podrá efectuarse mediante el convenio de actividad. Las horas
extras se computarán para el pago de indemnizaciones.
Indemnizaciones: las horas extras y comisiones se computarán
para el pago de indemnizaciones. La versión original de la reforma proponía que
el salario que se tome para la indemnización sea el básico, es decir que no
incluya premios, horas extra o aguinaldo.
Pasantías: Las prácticas formativas se podrán extender por
un plazo máximo de un año. El proyecto original preveía un plazo de 18 meses de
extensión de las llamadas "prácticas formativas" o pasantías.
Blanqueo: Los derechos individuales del trabajador que se
blanquea se computan desde la fecha en que se inició la relación laboral y no
desde el inicio del blanqueo, sin límite de retroactividad. Incluye al cómputo
de la antigüedad, las vacaciones o el cálculo de la indemnización. En cuanto a
los efectos previsionales, será cómo máximo retroactivo hasta 5 años.
Nuevas categorías laborales: La figura de “trabajador
independiente” con colaboradores se discutirá en la mesa de diálogo. Se limita
el alcance de la figura de “trabajador autónomo económicamente vinculado” no
regido por la Ley de Contrato de Trabajo.
Como parte del acuerdo, el Ejecutivo incluirá en la
legislación laboral al "trabajador autónomo económicamente
dependiente" que preste servicios personales hasta en un 80% de sus
ingresos anuales.
Las negociaciones determinaron que un profesional que preste
servicios por hasta 22 horas semanales podría considerarse automáticamente en
relación de dependencia. Sobre esto se acordó que una comisión mixta integrada
por funcionarios, gremios y empresarios definiría en 90 días qué profesiones
abarcaría.
No hay comentarios:
Publicar un comentario