El 9 de enero pasado el Tribunal Superior de Justicia porteño
dictó un fallo en el cual dispone que la policía tenga la capacidad de exigir
el Documento Nacional de Identidad sin un motivo previó aparente más que el de
la “prevención”. El fallo resulta polémico ya que da lugar a situaciones
discriminatorias y detenciones sin que medie orden judicial.
Foto ilustrativa |
Desde la Campaña contra la Violencia Institucional se
confeccionó un pequeño material informativo que instruye a los ciudadanos en
sus derechos a la hora de una posible intervención policial en este sentido.
La pregunta principal es: ¿puede hacer esto la policía sin
motivo aparente? si, así lo estipula el fallo judicial. No obstante, para
evitar situaciones que excedan la identificación (demoras o traslados a
comisarias) desde la Campaña, además de sugerir tener el DNI o alguna
identificación al circular por la calle, informa:
– La Policía puede demorarte solamente si hay algún motivo
previo y razonable que lo justifique o si te negás a identificarte o no tenés
los documentos en ese momento.
– Si no hay un motivo previo que justifique que la Policía te
demore (porque, por ejemplo, tenés los documentos a tu alcance o cerca de donde
estás) y además, la Policía ya te conoce, no hay razón para demorarte.
– No es una detención. Solamente estás DEMORADO hasta 10
horas (así lo permite la ley) y no podés estar en un calabozo con otras
personas que cometieron delitos, ni con adultos si sos menor de edad. Si pasan
esas 10 horas, te tienen que dejar en libertad hayan o no constatado tu
identidad, de lo contrario estás privado ilegítimamente de tu libertad (hay que
presentar inmediatamente un HABEAS CORPUS como se indica al final del Manual).
– Si te paran por control, la Policía NO puede retenerte el
DNI. Si te los llegara a robar, práctica habitual para después justificar la
demora continua por averiguación de identidad, denuncialo en la Fiscalía lo más
pronto posible.
– La Policía no puede esposarte.
– La Policía no puede sacarte fotos ni exhibirte ante otras
personas.
– Si sos menor de 18 años, la policía tiene que avisarle en
forma inmediata a tus padres o a algún familiar mayor de edad.
Además de los derechos destacados se resaltan también ciertas
acciones que los ciudadanos pueden realizar, en caso de una intervención o
detención, para procurar que el procedimiento sea legítimo. Estas son:
– Preguntar el nombre de la autoridad de la Comisaría.
– Tomar nota del día, hora y lugar en que ocurrió.
– Acordarse del nombre o chapa del o los policías y de la patente
de los patrulleros que intervinieron.
– Acordarse de la cantidad de policías que intervinieron.
– Si sabemos que algún amigo o vecino fue detenido, hay que
llamar a la Comisaría del barrio y preguntar si está en esa comisaría, por qué
lo detuvieron o demoraron, y a disposición de qué autoridad se encuentra. Por
más que no nos den ninguna respuesta, es una manera de hacer saber a la policía
de que hay alguien que está al tanto de la situación que está pasando nuestro
amigo o vecino.
– Acordarse de preguntar nombre y apellido de quién nos
atiende y anotarlo donde podamos.
Desde la Campaña contra la Violencia Institucional se
encargaron también de confeccionar unos prácticos volantes que los ciudadanos
pueden portar por la calle y estar informados a la hora de una situación como
las mencionadas antes.
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