11 MAYO, 2017
La diputada provincial Celeste
Segovia destacó la aprobación de la ley provincial 8007, de su autoría, en el
cual “se establece la obligatoriedad a realizar avisos publicitarios destinados
a brindar información para la prevención del delito del ciber- acoso de los
menores, además de efectuar los lugares y modos de realizar las denuncias en el
caso de existir un hecho de tal naturaleza”.
En este marco, la legisladora
precisó que “la iniciativa tiene su acento especial en un tipo de ciber- acoso
que describe la forma en que algunas personas se acercan a niños y jóvenes para
ganar su confianza, crear lazos emocionales y poder abusar sexualmente”.
Asimismo, Segovia explicó el
significado de ciber- acoso, “el ciber-acoso es el uso de información
electrónica y de medios de comunicación, tales como el correo electrónico o
redes sociales con el fin de acosar a un individuo mediante ataques personales
u otros medios”.
Al brindar detalles sobre el
objetivo del Grooming mediante el ciber- acoso, señaló, “siempre el Grooming
tiene el fin sexual, pero hay distintos acosos, formas y finalidades:
laborales, psicológicas, familiares, pero el Grooming más precisamente tiene
que ver con el acoso sexual a un menor de edad realizado por un mayor de edad,
usándose todas las tecnologías de comunicación”.
“El Grooming se puede dar en
distintos lugares (barrio, casa, escuela), en el peor de los casos estas
personas pueden abusar de los niños o jóvenes en diversos ambientes de
prostitución o explotación sexual”, “resaltando, “los Groomers pueden ser
hombres o mujeres de cualquier edad, status social, nivel económico y puede
suceder vía redes sociales o en persona”.
Por otra parte, Celeste Segovia
agradeció a todo el cuerpo legislativo en abocarse y trabajar arduamente en
esta cuestión social, “hay que destacar el compromiso de todo el cuerpo
legislativo en realizar distintas jornadas sobre esta cuestión, una de ellas
realizada en el Domo del Centenario con respecto a lo que es el Grooming,
pudiendo ver el lenguaje de los jóvenes mediante los Youtubers basándose estos
en cómo trabajar en la concientización y prevención del Grooming en
particular”.
“La autoridad de aplicación de
esta ley será el Ministerio de Desarrollo Social de la provincia del Chaco que
tendrá a su cargo el diseño de los avisos publicitarios que se difundirán en
las radios, prensa escrita, digital u otros medios dentro del ámbito de la
Administración Pública Provincial y en los organismos privados en sus circuitos
cerrados”, acotando, “el compromiso en el cuidado de la niñez es una
corresponsabilidad de toda la comunidad”, finalizó la diputada provincial
Celeste Segovia.
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