La Cámara Federal de Apelaciones
resolvió separar al juez Carlos Soto Dávila de otra causa por narcotráfico en
las que dictaminó la excarcelación de tres sospechosos por tráfico agravado de
estupefacientes. La semana pasada, los mismos camaristas lo habían separado de
expedientes en los que liberó en dos oportunidades a Hernán Aquino, hermano del
vice intendente de Itatí.
El resolutorio es en relación a una
investigación iniciadas en 2015 por "transporte de estupefacientes
agravado por la participación coordinada de tres o más personas", causa
que derivó en el secuestro de casi 400 kilogramos de marihuana y la detención
de ocho sospechosos.
Los sospechosos estuvieron
apresados entre 34 días y 10 meses, tiempo en el que se fijó sus
procesamientos, pero pese a esto todos ellos fueron excarcelados y esto derivó
en una queja del Ministerio Público Fiscal ante la Cámara de Apelaciones. La
determinación del Tribunal de Alzada fue que los imputados sean detenidos a la
brevedad, fallo que no fue acatado.
Pero mientras seguían las
averiguaciones, el titular del Juzgado Federal Nº 1 otorgó la excarcelación a
los implicados. Para el juez de primera instancia existían elementos válidos
para que continúen en libertad, postura que volvió a ser cuestionada por los
fiscales federales. Es por esto que la Fiscalía General volvió a cuestionar la
decisión de Soto Dávila bajo el fundamento de que "no ha materializado una
acabada evaluación del conjunto de los presupuestos legales establecidos en el
Código, sino sólo algunos de ellos para conceder la excarcelación".
Según sostuvo el representante del
Ministerio Público, Carlos Schaefer, el magistrado pasó por alto la posibilidad
de que los imputados podrían entorpecer la investigación estando en libertad,
ante "la posible existencia de una organización delictiva con un amplio
ámbito geográfico de operación" y que sólo habría valorado que los
sospechosos poseen arraigo domiciliario y familiar, "lo que resultaría
indicadores positivos al momento de considerar su riesgo de fuga".
Lo que alegó la Fiscalía es que
"si bien tales circunstancias pueden resultar favorables, dicha evaluación
(para las liberaciones) debe contrabalancearse ponderando la especial gravedad
de la imputación atribuida a los encausados, la naturaleza y la modalidad
comisiva del ilícito consistente en el transporte de 261 kilogramos de
marihuana".Remarcaron en el escrito que "conforme al encuadre legal y
a la pena prevista en abstracto (más de 8 años de prisión) la excarcelación
sería improcedente". Ante esto, en fallo emitido ayer, las juezas Mirta
Sotelo, Selva Spessot y Victoria Order decidieron hacer lugar a la apelación
del fiscal general y declarar la nulidad de las resoluciones de excarcelación,
como también "apartar al magistrado interviniente y remitir a sus efectos
al subrogante legal". Es por ello que ahora deberá llevar adelante las
actuaciones de la causa el juez Juan Carlos Vallejos, quien tendrá que ordenar
además la detención de los imputados.
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