ISLA DE LOS ESTADOS - RESERVA
NATURAL SILVESTRE
La presentación realizada por un
particular sostiene que el decreto nacional que creó la Reserva Natural
Silvestre Isla de Los Estados y Archipiélago de Año Nuevo colisiona con la
Constitución Provincial, la ley de provincialización, la que fijó los límites
de la Provincia y la de parques Nacionales. Por tal razón solicita que la
Legislatura rechace ese decreto y lo declare violatorio de la carta magna
fueguina .
La decisión del Gobierno Nacional
de crear por decreto la Reserva Natural Silvestre Isla de Los Estados y
Archipiélago de Año Nuevo motivó que el Legislador fueguino, mandato cumplido,
Adrián De Antueno formalizara una presentación ante el Parlamento Provincial
reclamando
se rechace el decreto nacional
929/16 y se declare que esa norma resulta violatoria del artículo 54 de la
Constitución Provincial y lesivo de la autonomía de la Provincia de Tierra del
Fuego.
La iniciativa, ingresada como
asunto de particulares el pasado viernes 19, señala además que el mencionado decreto
violenta los “más elementales principios de la forma federal de gobierno”.
El decreto cuestionado indica que
en base a la ley nacional 22.351 -de creación de Parques Nacionales, Monumento
Natural o Reserva Nacional- y al decreto 453/94, el Ejecutivo Nacional podrá
crear Reservas Naturales Silvestres en tierras pertenecientes al dominio del
Estado nacional, y en tal entendimiento dispuso afectar a tal fin el territorio
conformado por la Isla de Los Estados, la Isla Observatorio, el Islote Elizalde, la Isla Zeballos, la Isla
Goffré, el Islote Gutiérrez e islotes
adyacentes y crear una “Comisión Mixta para la administración conjunta de la
Reserva Natural Silvestre Isla de los Estados y Archipiélago de Año Nuevo” conformada
“por dos miembros titulares y dos suplentes en representación del Ministerio de
Defensda – Armada Argentina- y 2
miembros titulares y 2 suplentes en representación de la Administración
Nacional de Parques Naturales”, en invitar a la Provincia “a integrar la
Comisión Mixta mediante la designación
adicional de 2 miembros titulares y 2 suplentes”.
En su escrito, De Antueno precisa
que la ley 23.775 -de Provincialización de Tierra del Fuego-
estableció taxativamente el
artículo 15 que "pasarán al dominio de la nueva provincia los bienes
inmuebles situados dentro de sus límites territoriales que pertenezcan al
dominio público o privado de la Nación, con excepción de aquéllos destinados
actualmente a un uso o servicio público nacional, y de todo otro cuya reserva
se establezca por Lev de la Nación dictada dentro de los tres 3 años de
promulgada”, por lo que la Isla de los
Estados e islas adyacentes se encuentra en jurisdicción de la Provincia desde
el 26 de abril de 1990. Agrega que la Constitución de la Provincia ratificó
taxativamente la pertenencia de la Isla de los Estados a la Provincia, al
declararla en su artículo 54 “patrimonio intangible y permanente de todos los
fueguinos, Reserva Provincial Ecológica, Histórica y Turística". Precisa
que en marco la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente de Tierra del
Fuego, por Resolución 536/08, creó la Comisión Asesora de la Reserva Provincial
Isla de los Estados -integrada por el Gobierno a través de sus áreas
competentes, la Armada Argentina, y el Centro Austral de Investigaciones Científicas,
a la que se incorporó la Administración de Parques Nacionales y la Prefectura
Naval- cuya función es proveer a la autoridad de aplicación de recomendaciones
y sugerencias para la adecuada gestión de la reserva.
Recuerda que si bien el artículo
1 de la ley 23.775 -que establecía los límites de la Provincia – fue vetada por
el entonces Presidente Menem, en el 2009 el Congreso de la Nación sancionó la
ley 26.552 -promulgada de hecho en diciembre de ese año- mediante la que se
incorporó al artículo 1º de la Ley 23.775 el siguiente párrafo: “la provincia
de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur comprende: la parte
oriental de la isla Grande de Tierra del Fuego hasta el límite con la República
de Chile, la isla de los Estados, las islas Año Nuevo, las islas Malvinas, la
isla Beauchêne, las rocas Cormorán y Negra, las islas Georgias del Sur, las
islas Sandwich del Sur, otras islas, islotes y rocas situados en aguas
interiores y en el mar territorial generado a partir de dichos territorios de
conformidad con lo previsto en la Ley 23.968, incluidas las islas, islotes y
rocas situados al sur de la isla Grande de Tierra del Fuego hasta el límite con
la República de Chile; los territorios situados en la Antártida Argentina
comprendida entre los meridianos 25° Oeste y 74° Oeste y el paralelo 60° Sur,
las islas, islotes y rocas situados entre los territorios que comprende la
provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.”
En base a estos argumentos
técnicos, de Antueno entiendo que “el Decreto 923/16 colisiona jurídicamente
con una norma de mayor jerarquía que es la Ley 23.775”, por cuanto el Poder
Ejecutivo Nacional “no puede legislar por un Decreto, mucho menos sobre la
jurisdicción de una provincia, ya que dicha atribución está conferida por le
Constitución Nacional, en el artículo 132, al Congreso de la Nación, que es
quien las crea o modifica sus límites con el consentimiento de la Legislatura
de las provincias interesadas y del Congreso”. “El Presidente no puede, en ningún
caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de
carácter legislativo y esto es lo que ha ocurrido con el dictado
inconstitucional del Decreto 929/16”, agrega.
Sostiene también que la ley
22.351 -utilizada como sustento legal por el Ejecutivo Nacional para crear la
Reserva Natural Silvestre Isla de Los Estados- establece que la declaración de
un territorio como Parque Nacional,
Monumento Natural o Reserva Nacional “será hecha por ley” y que “la
creación de nuevos Parques Nacionales, Monumentos Naturales o Reservas
Nacionales, en territorio de una provincia, sólo podrá disponerse previa cesión
de la misma a favor del Estado Nacional, del dominio y jurisdicción sobre el
área respectiva”. Extremos estos que no se han cumplido, ya que la creación del
Reserva se hizo por decreto y sobre un territorio que es de jurisdicción y
domino de la Provincia.
De Antueno señala que esta no es
la primera vez que el Gobierno Nacional pretende crear una Reserva Natural en
la Isla de los Estados. Recuerda que en 1991 el Senado de la Nación dio media
sancionó un proyecto de ley en tal sentido presentado por un senador radical
chubutense y que por aquel entonces la Legislatura fueguina expresó su “más
enérgica oposición a la creación de una Reserva Nacional en Isla de los
Estados”.
Vale recordar que el tema fue
abordado en la sesión del 10 de septiembre de 1992 y que el por entonces
legislador Demetrio Martinelli (MPF) fundamentó contra ese proyecto,
argumentando la iniciativa sustraía “parte del territorio provincial al poder
político local”. Sumó su voz el por entonces -y actual- legislador radical
Pablo Blanco, quien manifestó que “a pesar de que estamos en conocimiento de
que el autor del proyecto de referencia es el Senador Nacional por nuestro partido,
por la provincia de Chubut. No obstante eso y fieles a lo que propusimos y
votamos en la Constitución Provincial, no nos lleva otra intención que la de
apoyar lo dictado, más allá que eso implique estar disconformidad o en
discordancia con lo propuesto por un senador de nuestro propio partido”.
Es de tener en cuenta que para
que la pretensión esgrimida por De Antueno prospere algún Bloque o Legislador
deberá tomar como propio el proyecto.
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