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lunes, 7 de noviembre de 2016

La ceguera intercultural del encarcelamiento de la Machi Francisca Linconao

La voluntad de la machi es vivir dignamente en su territorio ancestral, restablecer su equilibrio y seguir ayudando al pueblo chileno y mapuche a mejorar su salud. La prisión preventiva decretada nuevamente está mermando su estado físico y espiritual, además de suponer un castigo cruel y degradante a una persona con presunción de inocencia. Es urgente la adopción de medidas que garanticen su vida e integridad, así como su puesta en libertad inmediata.

Por Alicia Alonso, directora ONG Leasur
La Corte de Apelaciones de Temuco, con fecha de 27 de octubre, ha vuelto a revocar la medida cautelar de arresto domiciliario de la Machi Francisca Linconao, decretada el pasado 20 de octubre, debido al deterioro grave de su estado de salud. Se trata de la tercera vez que la Machi tiene que entrar a la cárcel.
Aunque resulte una obviedad, es importante recordar que la cárcel enferma. Esta afirmación, que fue ampliamente documentada y justificada por Jesús Valverde hace casi veinte años, puede ser comprobada en cualquier prisión del país. En su libro “La cárcel y sus consecuencias”, el autor alertaba sobre los perjudiciales efectos físicos, somáticos y sicosociales del encarcelamiento, algo que varias integrantes de ONG Leasur pudimos comprobar con el anterior encarcelamiento cuando visitamos a la Machi Francisca Linconao en el CPF de Temuco.
El encierro durante todo este tiempo no solo ha dañado su salud física, sino que también está enfermando su espíritu. La Machi, cuyo trabajo es estar «en contacto con la tierra y al servicio de los demás con la finalidad de devolver la salud física, espiritual y guiar en el proceso de ser persona en el mundo mapuche», no puede acceder libremente a su territorio ni a los espacios sagrados que allí existen. Desconocer esta realidad es adolecer de una ceguera intercultural absoluta.
La prisión preventiva debería ser una medida de carácter excepcional, ya que existen otras formas menos gravosas de conseguir los fines del proceso penal antes de que se compruebe la culpabilidad de una persona. Además, según el Convenio 169 de la OIT, ratificado por Chile y de obligado cumplimiento, indica que tratándose de personas pertenecientes a pueblos indígenas, deberán darse preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento. Por lo tanto, utilizar la prisión preventiva contra una persona que pertenece a una comunidad indígena significa no reconocer ni respetar la diferencia.

El único delito de la Machi Francisca ha sido denunciar la tala ilícita de las empresas madereras que están acabando con el bosque nativo y las plantas tradicionales con su sed de beneficios a costa de la propia naturaleza. Su delito es alzar la voz, velar por sus derechos y reclamar al estado por ello. Pero también el hecho de que una mujer se atreva a reivindicar los derechos de su pueblo es una trasgresión no solo a los intereses económicos y al ordenamiento político y social, sino también al rol de sumisión que el patriarcado les sigue imponiendo a las mujeres y cuyo desacato no se duda en castigar.
La voluntad de la machi es vivir dignamente en su territorio ancestral, restablecer su equilibrio y seguir ayudando al pueblo chileno y mapuche a mejorar su salud. La prisión preventiva decretada nuevamente está mermando su estado físico y espiritual, además de suponer un castigo cruel y degradante a una persona con presunción de inocencia. Es urgente la adopción de medidas que garanticen su vida e integridad, así como su puesta en libertad inmediata.

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