CRISTINA FERNANDEZ DE KIRCHNER·MIÉRCOLES, 13 DE ABRIL DE
2016
Señor Juez:
Cristina Fernández de Kirchner, por mi propio derecho, en la
causa Nº 12.152/15 caratulada “Banco
Central de la República Argentina s/defraudación…”, en trámite por ante ese Juzgado Nacional en
lo Criminal y Correccional Federal Nº
11, Secretaría Nº 22, con el patrocinio letrado del Dr. Carlos Alberto Beraldi (CUIT 20-13430665-4),
constituyendo domicilio en Av. Santa Fe
1752, 2º A, a V.S. digo:
I.-
Objeto.
Que a efectos de
ejercer mi derecho de defensa en juicio vengo a efectuar esta manifestación, la cual solicito se
incorpore a la causa en el marco de la
declaración indagatoria ordenada en autos.
II.
Introducción.
1) Cada vez que un
Movimiento Político de carácter Nacional y Popular fue derrocado o finalizó su mandato, las
autoridades que lo sucedieron utilizaron
en forma sistemática la descalificación de sus dirigentes, atribuyéndoles la comisión de graves delitos,
siempre vinculados con abusos de poder,
corrupción generalizada y bienes mal habidos.
Sin embargo, los
verdaderos motivos siempre fueron los mismos: por un lado, barrer con las conquistas logradas y los
derechos adquiridos por la sociedad en
sus diferentes estamentos y actividades; por el otro, imponer programas de “ajuste” y endeudamiento
-matrimonio indisoluble- utilizando la supuesta
corrupción para ocultar ambos objetivos. Con el
correr de los años cada uno de esos supuestos “procesos
moralizadores” devinieron en formidables
transferencias de ingreso y patrimonio de las
grandes mayorías a las elites gobernantes y sus grupos económicos vinculados, saliendo a la luz los
escandalosos mecanismos de corrupción
para hacer operativas esas políticas.
No son pocos los
hechos históricos que así lo demuestran. El primer ex Presidente argentino que tuvo que enfrentar a
un juez no fue peronista, por una razón
muy sencilla: el movimiento nacional y popular en ese momento todavía lo encarnaba el radicalismo y
su figura liminar: Hipólito Yrigoyen.
Derrocado en 1930 por el primer Golpe Militar de la historia y, oh casualidad, convalidado y
legalizado por acordada de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, debió sufrir ser investigado por una comisión especial por supuestos hechos de
corrupción, siendo encarcelado en la
Isla Martín García. Recuperó su libertad merced a un indulto que Yrigoyen rechazó. El día que lo
liberaron asumía el General Justo como
Presidente de la República Argentina, dando inicio a lo que históricamente se conoce como “Década Infame”,
llamada de esa forma por lo que
constituyó un período de escandalosa corrupción y entrega del país. Sin embargo, no se detuvieron allí. Lo
volvieron a encarcelar y pasó el último
año de su vida en Martín García. Eso sí, esta vez no fue por corrupción, lo acusaron de conspiración.
Más tarde, el
Movimiento Nacional y Popular se encarna en el Peronismo y en la figura de sus fundadores: Juan Domingo y
Eva Perón. Durante sus dos Gobiernos los
Derechos y conquistas populares construyen historia y época. Una vez más y tras el derrocamiento
del General Perón, el gobierno de facto
dictó el Decreto Ley 5143/1955 que creó la Junta Nacional de Recuperación Patrimonial, una
comisión especial en franca violación
del texto constitucional asignándole funciones
jurisdiccionales bajo el “loable propósito” de obtener la incautación de todos los bienes de los que se
habrían apoderado los funcionarios
corruptos del anterior gobierno.
Pese al grado grosero
de afectación de los principios más elementales del Estado de Derecho, hubo magistrados y
funcionarios judiciales, incluso de las
máximas instancias, dispuestos a justificar semejantes atropellos sin abandonar sus citas leguleyas e
invocación de valores éticos que se
correspondían con “su ser nacional”.
A título de ejemplo
me permito citar el fallo de –una vez más- la Corte Suprema Justicia de la Nación del 21 de junio
de 1957, en la causa “Juan Domingo Perón
s/ bienes mal habidos”. Aquí en el dictamen del
Procurador General ante ese Alto Tribunal se efectúan los
siguientes señalamientos:
“1° Que antes de la
revolución de septiembre de 1955 el país se hallaba sometido a un gobierno despótico, y en un
estado de caos y corrupción
administrativa, debido a la acción directa de las personas comprendidas en el decreto ley 5.148/55 y, en especial, a
la del recurrente en esa causa.
2° Que uno de los
fines primordiales de la revolución fue el de restituir al patrimonio público los bienes adquiridos
ilícitamente por las personas indicadas,
quienes, como es de pública notoriedad, se
enriquecieron inmoralmente aprovechando los resortes del poder
omnímodo de que disfrutaba Juan Domingo
Perón y del que hacía partícipe a sus
allegados…”
Por su parte, en la sentencia aludida, la propia Corte, en
referencia al gobierno peronista, decía lo siguiente:
“…Esta opresión
innoble sólo ha servido para el auge de la corrupción y para la destrucción de la cultura y la economía,
de todo lo cual es símbolo tremendo el
incendio de los templos y los sacrosantos archivos de la patria, el avallasamiento de los jueces, la
reducción de la Universidad a una
burocracia deshonesta y la trágica encrucijada que compromete el porvenir de la República contra la entrega de
sus fuentes de riqueza (diario “La
Nación”, septiembre 23 de 1955m página 1)”.
Cualquier
coincidencia con los discursos y las acciones de actual Gobierno y
de las decisiones de algunos sectores
del Poder Judicial, no es casualidad.
La historia de
dieciocho años de proscripción, lo acontecido en dicho período histórico y finalmente el retorno de
Perón al país para ejercer su tercera
presidencia me eximen de mayores comentarios.
2) En el año 1976, la
dictadura genocida más sangrienta de nuestra
historia siguió idéntico camino respecto de las autoridades constitucionales que habían sido derrocadas y
de dirigentes que ni siquiera formaban
parte de ese Gobierno, es más, algunos eran fuertes opositores al mismo. De esa manera truncaron
el proceso democrático impidiendo las
elecciones nacionales presidenciales que ya habían sido convocadas. Al momento del Golpe, Argentina
era un país industrial donde la
participación de los trabajadores en el Producto Bruto Interno era casi del 50% y el endeudamiento externo era
sumamente bajo y no implicaba
condicionamiento alguno.
Así, el 21 de octubre
de 1977, en el ámbito del Ministerio del Interior, se creó la tristemente célebre “Comisión
Nacional de Responsabilidad Patrimonial”
(CONAREPA) que incautó no sólo propiedades y bienes correspondientes a la funcionarios del
gobierno derrocado, sino también a
empresarios, dirigentes políticos y sindicales, todos ellos
detenidos exclusivamente por motivos
políticos. Eso si, bajo la pátina, siempre
conveniente y mediática, de lucha contra la corrupción
También, de manera no
menos lamentable, se registran precedentes judiciales que avalaron las ominosas conductas descriptas.
Es imperioso señalar que la
participación del Poder Judicial siempre se convierte en condición
“sine quanon” para este tipo de
prácticas. En este sentido, un ejemplo
paradigmático es el caso de “Papel Prensa”. En el mismo, todos los bienes de la familia Graiver pasaron a ser
administrados por la referida CONAREPA,
bajo la mirada complaciente de los jueces de aquellos años y la inactividad de los jueces de hoy. Ha
pasado mucho tiempo y todavía los
delitos de lesa humanidad cometidos en contra de la familia Graiver se encuentran sin recibir el correspondiente
castigo.
Hace pocos días se
cumplieron 40 años de lo que fue el Proceso “Moralizador” del 24 de marzo de 1976. Su saldo trágico en
materia de violación de DD.HH.,
endeudamiento, desindustrialización, financierización de la economía, aún lo estamos pagando en el
sentido más literal del término.
Los antecedentes
mencionados ayudan a comprender que lo que sucede en la actualidad debe ser inscripto en un contexto
político e institucional que se ha
repetido a lo largo de nuestra historia: los avances y retrocesos que en materia de derechos y
bienestar han sufrido en el pasado y
vuelven a sufrir hoy los argentinos.
Precisamente por el
valor histórico de los expedientes, registros, actuaciones y toda otra documentación de la infausta
CONAREPA, como Presidenta de la Nación
dispuse su traslado al Archivo Nacional de la Memoria, como ejemplo de un pasado que no queremos repetir.
3) Sin embargo, una
vez más la historia se repite y el pasado vuelve a atrapar a los argentinos: endeudamiento,
devaluación, despidos, persecuciones políticas, tarifazos en servicios
públicos esenciales e indispensables,
estampidas imparables de precios, comercios cerrados, industrias en crisis, censura y cercenamiento
a la libertad de expresión, son sólo
algunas de las calamidades que el nuevo Gobierno ha provocado en apenas 120 días. Esta verdadera
tragedia se convierte en comedia cuando
los rostros de quienes se quieren presentar ante los argentinos como cruzados contra la
corrupción, son los mismos que durante
los ’80 y los ’90 formaron parte de la “Patria Contratista” y su apellido estuvo indisolublemente ligado a
escándalos y negociados con el Estado,
ubicación de gerentes y directivos de sus empresas en puestos claves del Gobierno, pasando por el
contrabando de autos con sociedades off
shore absueltos por la “mayoría automática”, causal de Juicio Político a miembros de la Corte Suprema, o la
estatización de la deuda de sus
empresas; entre otros hechos de corrupción. No debería entonces llamarnos la atención que hoy ilustren la
primera plana de todos los medios de
comunicación internacionales, junto a otros dirigentes y mandatarios, algunos de los cuales ya
renunciaron, con cuentas y sociedades en
paraísos fiscales que les fueran descubiertas y de las que nunca le contaron a los argentinos. El
Consorcio Internacional de Periodistas
de Investigación presenta el caso “Panamá Papers” en su página web bajo el título de: “Gigante fuga
de registros financieros off shore
expone la matriz mundial de la delincuencia y corrupción” (el subrayado me pertenece). Un escándalo
global sin precedentes que trata de ser
ocultado, sin conseguirlo, con el remanido recurso de denuncias y despliegue de mediáticas acciones
judiciales.
Es que el que el Plan
de Ajuste y Miseria vuelve a requerir una vez más, de la difamación y la calumnia para su
implementación, bajo el mismo pretexto
de que los dirigentes que defendieron y defienden los intereses populares y nacionales son corruptos sin
remedio. Esta metodología no sólo es
claramente visible en nuestro país, sino que se replica a escala regional como una matriz diseñada por
expertos de otras latitudes.
La causa en la que
aquí presto declaración y otras que se agigantan por los medios de comunicación concentrados, son
un ejemplo lamentable de lo que vengo
diciendo, a punto tal que a los propios medios extranjeros, que denunciaron a escala global el escándalo
de “Panamá Papers”, les llama la
atención el tratamiento que recibe el Presidente Mauricio Macri, implicado en el caso, y lo compara con
el tratamiento que hubiera recibido
quien suscribe, de haber sido la involucrada. Sostiene el diario alemán “Süddeutsche Zeitung”
–periódico que dió a conocer a nivel
global el “Panamá Papers”- que de haber sido la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner la involucrada, todos
le hubieran pedido la renuncia en forma
inmediata (www.sueddeutsche.de/politik/panama-...).
III.
Manifiesta.
1) Luego de ser
informada acerca de los hechos que se me pretende imputar, entiendo y confirmo claramente que sólo a
través de un ejercicio abusivo del poder
jurisdiccional esta causa pudo ser llevada adelante.
En primer lugar, cabe
señalar como algo absolutamente novedoso y
sorprendente en términos judiciales, que haya sido citada a prestar declaración indagatoria cuando no existe
ninguna mención, y mucho menos
imputación en mi contra, ni en la denuncia efectuada por los Legisladores oficialistas Negri y Pinedo, ni
tampoco por parte del fiscal
interviniente o que surja, al menos, de la prueba recibida.
Es más, una simple
lectura de los elementos de convicción a los que el juez hace expresa referencia en el auto de
fs. 367/368, muestra que mi convocatoria
a declarar es un prevaricato de V.S. en los términos previstos por el art. 269 del Código Penal.
Concretamente, la
resolución dictada resulta contraria a la ley y fundada en hechos absolutamente falsos; así quedará acreditado
en la esfera judicial competente.
En segundo término,
tampoco se ha respetado en el caso el debido principio acusatorio y de congruencia que debe existir
entre el hecho por el que se ha
habilitado esta investigación y el que se me ha imputado.
Concretamente se
habla de la existencia de un grupo de funcionarios que, de manera organizada, sistemática y concertada,
llevamos a cabo acciones de carácter
político, técnico y administrativo con supuestos propósitos delictivos, que no fue ni denunciado por los
Legisladores oficialistas ni requerido
por el Fiscal.
Esta hipótesis de
asociación ilícita, construida capciosamente por el magistrado, es otra muestra de la
arbitrariedad con que ha procedido y
revela además la intención del Gobierno con la colaboración imprescindible del Poder Judicial de
“plantar”, a quien suscribe, una causa
penal que me prive de la libertad.
Como ya lo he dicho
públicamente y reitero una vez más: no les tengo miedo. Afrontare este proceso y cualquier otro que
quieran fabricarme. Fue decisión
explicitada públicamente no tener fueros que me hubieran colocado en una posición de privilegio en
relación a la de cualquier otro
ciudadano. La igualdad nunca fue, para
mí, un recurso retórico.
En tercer término, y
desde un plano estrictamente jurídico tal como lo han explicado cada una de las personas imputadas
que declararon en esta causa, las
operaciones investigadas fueron llevadas a cabo legítimamente por las autoridades del Banco Central de la
República Argentina, de acuerdo a la
normativa vigente e inspirada en los propósitos de su Carta Orgánica, es decir, promover, en las medidas
de sus facultades y en el marco de las
políticas establecidas por el gobierno nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad
financiera, el empleo y el desarrollo
económico con equidad social (art. 3).
Hago propios todos y
cada uno de los argumentos que vertieran en este expediente el Sr. Ex Ministro de Economía Dr.
Axel Kicillof y los Sres. ex Presidente
y ex Vicepresidente del B.C.R.A. Alejandro Vanoli y Miguel Angel Pesce, así como también los de los
Directores y ex Directores de la misma
institución, que han actuado en un todo de acuerdo con lo que prescribe la Ley 24.144, Carta Orgánica del
B.C.R.A. en su Capítulo Primero, que
tiene por objeto definir la naturaleza y el objeto de la Institución, en sus artículos 1, 2, 3 y 4,
como así también el resto de las
disposiciones de dicho instrumento, que como es de estricta hermenéutica legislativa deben ser entendidos
y comprendidos en el marco de las
definiciones estructurales de la norma.
Resulta insoslayable
señalar que mi administración siempre buscó desarrollar una gestión de gobierno que protegiera el
valor de la moneda, ya que su
depreciación produciría los efectos más desfavorables sobre la
actividad económica en general.
Puede afirmarse que, por lo menos en este capítulo no nos
hemos equivocado y las consecuencias están a la vista.
Desde diciembre de
2015 a la fecha la estampida imparable de los precios, la desocupación, el aumento de la pobreza y la
caída de la actividad económica y
comercial, tiene indudablemente puntos de convergencia con los efectos de una “maxidevaluación” llevada
a cabo por las autoridades del gobierno
actual de manera brutal. El Gobierno no cuida a los argentinos. Tampoco parece preocuparse por
ellos, ni por el dolor, angustia e
incertidumbre que hoy están viviendo.
En quinto lugar, todo
lo que se ha dicho en la denuncia acerca de graves perjuicios para el Banco Central y beneficios
indebidos para terceros inescrupulosos
resultaron ser simples manifestaciones electoralistas a las que se les dio cobertura mediática
mediante la sustanciación de esta causa.
Adviértase que a
requerimiento del actual Presidente del B.C.R.A. el Juez de la causa, en dos oportunidades manifestó que no
había ninguna medida restrictiva
ordenada que impidiera el pago de los contratos que se investigan. Cabe preguntarse entonces ¿Cómo
puede ser que se impute la comisión de
un delito cuya supuesta consumación ha sido autorizada por el mismo magistrado a cargo de esta
investigación?
Por otro lado,
también se debe destacar que ninguno de los supuestos “terceros enriquecidos ilegítimamente” por la
operatoria del dólar futuro, tan
siquiera fueron individualizados ni mucho menos citados a este proceso. No hay en este sentido
actividad procesal alguna siquiera que
insinúe esa línea de investigación. Me pregunto: -¿Será tal vez que puedan encontrarse con algún conocido que
quieren mantener alejado de esta
investigación y no seguir sufriendo nuevos traspiés políticos? Podríamos agregar como graciosa paradoja de
estos “paladines de la moral” que el
actual Presidente del B.C.R.A. tiene procesamiento firme por delitos económicos con motivo, nada más
ni nada menos, que en la “operación” de
endeudamiento conocida como “Megacanje”. Huelgan los comentarios.
Por si todo ello
fuera poco, en los últimos días, hechos que son de dominio público muestran como los principios morales
que tanto se predican resultan ser sólo
un mero ejercicio distractivo y justificativo del ajuste, que ha quedado sepultado en el
escándalo internacional de un Gobierno
cuyo Presidente, sus familiares más directos y sus funcionarios más allegados quedan al descubierto como
titulares de sociedades y cuentas off
shore, que en otras latitudes ya han provocado renuncias hasta de Primeros Ministros. En suma, se
trata de un conjunto de personas que,
según los parámetros que V.S. ha elegido para imputarme en esta causa, merecerían ser también
investigados a la luz del supuesto
delito de asociación ilícita.
Además, y como lo han
indicado el Presidente y los miembros del Directorio del BCRA en sus declaraciones obrantes en autos,
la operación de venta de futuro de
dólares no produjo en el Banco Central, tal como lo reflejan sus balances, pérdida alguna y sólo puede
hablarse de efectos disvaliosos a partir
exclusivamente de las decisiones que tomaron las actuales autoridades al devaluar y que fueran
convalidadas por el Juez de la causa.
En definitiva, la
imputación sub litis resulta absurda tanto en términos facticos como jurídicos e ingresa en el
terreno de lo ridículo. Así lo
evidencian las preguntas “inquisidoras” que V.S. le ha formulado a alguno de los imputados, con la intención de
tornar justiciables hechos de contenido
estrictamente político -terreno en el que el juez se movió con muy poco éxito en sus cargos anteriores-,
demostrando también el mismo grado de
incompetencia que registra en este tipo de materias técnicas.
La fuerza de los
hechos es contundente. Primero dieron inicio a esta causa mediante una falsa denuncia que el Juez
rápidamente instruyó. Dos días antes de
la segunda vuelta de las elecciones nacionales, llevaron a cabo un allanamiento en el B.C.R.A. con el
propósito de originar una corrida
bancaria para forzar la devaluación y no lo lograron.
Después de los
resultados electorales, en contra de lo que públicamente siempre sostuvieron, presionaron con esta causa, y de
otras maneras, para obtener la renuncia
del Presidente del B.C.R.A., borrando con el codo la independencia que debe tener el B.C.R.A.
sobre la que escribieran y dijeran en
múltiples conferencias y sets de televisión.
Una vez designadas
las nuevas autoridades del ente rector, llevaron a cabo una devaluación de la moneda que, como se
vió, produjo efectos devastadores sobre
la economía.
Por último y
nuevamente con la complicidad judicial, avanzaron con esta causa imputando falsamente a personas
inocentes la comisión de delitos, los cuales
de haber existido, resultarían exclusiva responsabilidad de las actuales autoridades.
En síntesis: ellos
denunciaron, intentaron con una “corrida judicial” una devaluación, forzaron la salida del
Presidente del B.C.R.A., devaluaron y
ahora, con la complicidad judicial, pretenden colocarnos ante la opinión pública como culpables de los efectos
de las medidas y decisiones que ellos
adoptaron.
Finalmente el
Gobierno de las excusas -como todo en la vida- tiene un límite: la responsabilidad de los propios actos y el
juicio inevitable de la historia.
IV.-
Petitorio.
Por todo lo expuesto, a V.S. digo:
1) Se tenga por efectuada la presente manifestación a los
efectos que corresponda.
SERÁ JUSTICIA.
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