Fernanda Rivas, la madre del niño
de 11 años que apareció en Periodismo Para Todos, aseguró que no autorizó la
presencia de su hijo en el programa del showman Jorge Lanata y presentó una
denuncia contra el canal por el uso de su imagen -que viola leyes y tratados
internacionales de los derechos del niño-, y otra denuncia para que se
investigue la coacción a la que fue sometido por funcionarios del gobierno de
Lanús (Buenos Aires) para hacer la nota con el equipo de PPT.
"Yo no sabía nada que mi
hijo iba a parecer en el programa de Lanata. Me enteré el lunes, cuando me
venía a trabajar. Me mostraron en mi casa que él había salido en la tele. Le
pregunté "cómo vas a decir esas cosas". Él me dijo "pero si yo
no decía eso lo van a lastimar a mi papá" (que se encuentra preso). Le
dije "¿qué tiene que ver tu papá en esto?". Y él dijo que unos días
antes de que pase lo de la entrevista lo agarraron a dos cuadras de mi casa, lo
levantaron en un coche y le dijeron que si él no declaraba esas cosas, que era
chorro, que era asesino, primero me iban a llevar presa a mí o iban a hacer que
el papá quede más años preso o que lo iban a lastimar", denunció Rivas en
Radio 10 (Buenos Aires).
Este proceder extorsivo por parte
de autoridades políticas y policiales de Lanús fueron complementadas por un
accionar por parte del programa de televisión que viola todas las
recomendaciones que hace Unicef, el Fondo de las Naciones Unidas para la
Infancia.
Para tratar la imagen de chicos
en los medios de comunicación, Unicef aconseja tener en cuenta el
consentimiento del niño y la autorización del adulto responsable; evaluar si la
exposición no generará un daño para su vida; no mostrar el rostro si eso puede
representar una amenaza para su reputación o vida íntima y proteger su
identidad, entre otras indicaciones específicas para periodistas.
"El derecho a la privacidad
e intimidad familiar de las niñas, niños y adolescentes está comprendido en el
artículo 10 de la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las
Niñas, Niños y Adolescentes. Este artículo establece que éstas/os "tienen
derecho a la vida privada e intimidad de y en la vida familiar" y en el
artículo 22 que refiere al derecho a la dignidad y señala expresamente que no
se pueden exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que
permitan identificar, directa o indirectamente a niños, niñas y adolescentes, a
través de cualquier medio de comunicación o publicación en contra de su
voluntad y la de sus padres, representantes legales o responsables, cuando se lesionen
su dignidad o la reputación de las niñas, niños y adolescentes o que
constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad
familiar", establece Unicef en su Guía para Periodistas referida a la
protección de datos al tocar temas de infancia y adolescencia.
"En el artículo 53, el
Código Civil establece de manera explícita el derecho a la imagen. Como dicta
la normativa, este derecho no se limita a lo visual, sino que incluye en el
concepto de imagen a "la voz de las personas". El artículo dispone la
necesidad de consentimiento de las personas para captar o reproducir su imagen
o su voz, salvo en excepciones vinculadas al interés público. Pero, aun en
estos casos, dicta que se deben tomar "las precauciones suficientes para evitar
un daño innecesario"", agrega el organismo internacional.
"A diario se expone en los
medios a chicas y chicos en estado de vulnerabilidad, en conflicto con la ley
penal o en situaciones de violencia, invadiendo su intimidad y perjudicando su
dignidad. A veces los medios utilizan recursos de edición como el pixelado, el
desenfocado o la cobertura del área de los ojos para evitar exponer la
identidad de chicos y chicas en sus coberturas periodísticas. "Estos
recursos suelen ser insuficientes y, por lo tanto, inefectivos", asevera
Unicef.
"En otras ocasiones, se
omiten los datos personales de un niño o niña pero se difunden informaciones
que permiten deducir sus identidades, como por ejemplo la escuela a la que
asisten, la calle donde viven o los nombres de sus padres o sus propios apodos.
Esto conduce a la identificación indirecta del niño, niña y adolescente, y debe
ser evitado también", remarca la guía.
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