La Cámara Federal de Apelaciones
de Resistencia revocó la falta de mérito del exdirector de la U7 y actual
subdirector del Servicio Penitenciario Federal, Pedro Amargan, y otros 30
funcionarios penitenciarios por presuntos apremios ilegales contra detenidos
durante las requisas. Ahora, la jueza Zunilda Niremperger deberá volver a
analizar el caso y dictar una nueva resolución.
La Cámara Federal de Apelaciones
de Resistencia revocó una resolución que había beneficiado con la falta de
mérito al exdirector de la Unidad 7 de Resistencia y actual subdirector del
Servicio Peniteniciario Federal, Pedro Enrique Amargan, y a otros 30 funcionarios
penitenciarios imputados por presuntos apremios ilegales contra detenidos en la
cárcel federal de Resistencia. Puntualmente, Amargan está acusado por omitir
denunciar los apremios cometidos por sus subordinados. Ahora, la titular del
Juzgado Federal Nº 1, Zunilda Niremperger, deberá volver a analizar la causa y
a dictar una resolución en base a las observaciones realizadas por el tribunal
de alzada.
La resolución, a la que tuvo
acceso CHACODIAPORDIA.COM, fue dictada el 1 de noviembre y lleva las firmas de
los camaristas Rocío Alcalá y Juan Manuel Iglesias y Eduardo Belforte, de la
Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. Los camaristas José Luis Aguilar
y María Delfina Denogens se inhibieron de intervenir porque habían confirmado
la falta de mérito de los penitenciarios y, además, habían desestimado el
recurso de casación del fiscal de Cámara Federico Carniel contra su propia
decisión.
En primera instancia, la jueza
Niremperger había dictado la falta de mérito de Amargan y otros treinta funcionarios
penitenciarios por el delito de presuntos apremios ilegales durante las
requisas que habían sido denunciadas por internos de la cárcel federal de
Resistencia. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la resolución y luego
denegó el recurso de casación al fiscal Federico Carniel. El representante del
Ministerio Público Fiscal recurrió en queja ante la Cámara Federal de Casación
Penal, la Sala IV de ese tribunal hizo lugar al recurso y anuló la decisión de
la Cámara de Apelaciones y mandó a dictar un nuevo pronunciamiento. Vale
recordar que, tras su paso por la U7, Amargan fue nombrado como segundo del
Servicio Penitenciario Federal en enero de 2016, apenas asumido el presidente
Mauricio Macri, cuando ya pesaban las imputaciones en su contra.
Valorar los testimonios de las
víctimas
Entre los fundamentos de la
resolución, los camaristas consideraron que “deben extremarse los recaudos a
efectos de tener por acreditados los hechos denunciados, no realizándose una
valoración sesgada del material probatorio reunido, sino contextualizado”. En
ese contexto, señalaron que no coincidían con el criterio de la juzgadora –la
jueza Niremperger- “al conceder valor probatorio al material fílmico aportado
por el SPF, no debiendo desconocerse que los imputados pertenecen a dicha
Institución”. Recalcaron que “la valoración del plexo probatorio debe ser
integral, correlacionando las filmaciones e informes con los testimonios
brindados por los internos quienes se encuentran en un entorno de encierro ya
que el Estado tiene un deber especial de protección y cuidado sobre los
mismos”.
En ese sentido, los camaristas
subrayaron que la magistrada “omitió evaluar y analizar el particular contexto
referido y el modo violento e intimidante en el que se habrían desarrollado las
prácticas de requisa llevadas a cabo por personal del Servicio Penitenciario
respecto de las personas privadas de su libertad”. Mencionan, además, el
testimonio de uno de los internos que denunció haber recibido golpizas por
parte de un funcionario penitenciario apodado “la chancha blanca” y que otro de
los alojados en la U7 refirió que eso “sucedió a la vista de todos, pero que no
todos se prestan a declarar como testigos por las consecuencias que pueden
tener”. Un tercer testigo aseguró haber escuchado pero que no se dio vuelta
porque “es orden de los de requisa no mirar”.
A su vez, los camaristas
advirtieron que de los acontecimientos relatados por detenidos del Pabellón 8
resultaron “coincidentes y contemporáneos” con los de otros internos de los
Pabellones 13 y 3 en el sentido de “la actitud violenta de los malos tratos de
los agentes del SFP de la Unidad Nº7”. A eso se suman reclamos por “repetición
en las calificaciones sin fundamentos, sanciones disciplinarias impuestas
arbitrariamente, destrucción y robo de objetos personales”.
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