EL ACUERDO CON EL FONDO
NO TIENE QUE PASAR POR EL CONGRESO
Por Gustavo Campana
Los constituyentes de 1853, establecieron una pauta que no
fue modificada por ninguna de las reformas que sufrió la Carta Magna. El
artículo 75, establece las distintas responsabilidades y funciones del Congreso
de la Nación. El inciso 4º dispone que corresponde al Congreso, “contraer
empréstitos sobre el crédito de la Nación” y “arreglar el pago de la deuda
interior y exterior de la Nación”.
Claudio Lozano y Jonatan Baldiviezo, denunciaron a Mauricio
Macri por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario
público, al no haber consultado al Parlamento por el acuerdo con el FMI (57 mil
millones de dólares, el monto más importante que haya girado el Fondo a lo
largo de toda su historia). Ayer el caso quedó cerrado por el fiscal Germán
Moldes, que en una declaración mucho más política que judicial, reformó la
Constitución: la negociación con el Fondo, es de “exclusiva competencia” del
presidente de la Nación y agregó que “la Justicia Federal está atestada de
denuncias y contradenuncias, sin más horizontes que la primera plana del diario
de mañana”.
El fiscal de Cámara resolvió de esta manera, matar un
recurso que buscaba reabrir la causa. Quedaron libres de culpa y cargo, Macri,
Peña, Dujovne y Caputo.
Primero el juez Ercolini, no hizo lugar a una medida
cautelar para suspender el acuerdo y después apareció Moldes para liquidar la
apelación.
El Partido Judicial de pie en defensa de lo indefendible.
Los escribanos del poder real, hipotecando a 3 o 4 generaciones de argentinos.
La impunidad del capital concentrado, encuentra en lo peor
de la familia judicial, una respuesta clasista. Toman deuda, engordan a la
patria financiera, arman fuga de capitales (más de 55 mil millones desde que
asumió Cambiemos) y siempre paga el pueblo, en la medida más socialista del
neoliberalismo…
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