El ex juez de la Corte Suprema consideró que el proceso
legal contra la dirigente de Jujuy constituye un “escándalo institucional sin
precedentes en los treinta y dos años de vida constitucional” de Argentina.
El ex juez de la Corte Suprema de Justicia y actual
integrante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Raúl Zaffaroni,
cuestionó en duros términos la detención de Milagro Sala, a la que calificó
como de “un escándalo institucional sin precedentes en los treinta y dos años
de vida constitucional” y “un secuestro legalizado”, orquestado por el poder
político y un sector de la Justicia provincial.
En una columna publicada hoy en Página/12, el jurista hizo
un repaso por los principales argumentos de los que decidieron encarcelar a la
dirigente social jujeña. “La detención la decide una Justicia cuya cabeza –el
Superior Tribunal de la Provincia– se amplió en una sesión nocturna de la
Legislatura. Dos de los diputados del oficialismo que votaron la ampliación
fueron de inmediato nombrados jueces del Superior Tribunal “autoampliado”.
Estas cosas no las hizo ni Menem en sus mejores tiempos, pues no se puede negar
que en general fue mucho más prolijo”, planteó Zaffaroni en primer lugar.
“Este festival de bochornosas aberraciones penales, de
inventos pseudojurídicos sin mucha imaginación –por cierto–, es escandaloso”.
Luego remarcó que a Sala “se la detiene por orden de un juez
que, de inmediato, pide licencia”. El primer delito que le imputaron fue el que
figura en el artículo 194 del Código Penal, “es decir, por `impedir, estorbar o
entorpecer el normal funcionamiento de los transportes por tierra`.”. En ese
sentido, el juez interamericano explicó: “Este artículo fue introducido en 1968
por una ley de facto de Onganía, sin indicación de fuente ni referencia a
derecho comparado, y reemplaza el antiguo texto original del código que penaba
el levantamiento de rieles ferroviarios (…) Aplicar literalmente el texto del
artículo 194, sin tomar en cuenta el derecho a la protesta pública,
considerando que toda reunión de personas perturba de alguna manera la
circulación de personas y vehículos, implicaría cancelar el derecho
constitucional de reunión y de petición colectiva”.
“Como esto es bastante endeble”, remarcó Zaffaroni, “se le
imputa el delito de `sedición` del artículo 230, que se comete cuando `una
fuerza armada` o `reunión de personas`peticiona a nombre del Pueblo. Siempre se
entendió que cuando se trata de una reunión de personas debe haber por lo menos
una amenaza de violencia, es decir, un peligro análogo al de una `fuerza
armada`, porque de lo contrario deberían ser procesados todos los políticos que
en sus mítines de campaña invariablemente hablan en nombre del Pueblo”.
Tras mencionar los otros delitos que se le imputaron a Sala
para justificar que siga encarcelada y recordar que los fueros del Parlasur
impiden su detención, Zaffaroni señaló: “No decimos nada nuevo con esto, por
cierto. Sólo recapitulamos la lógica retorcida, antijurídica y republicanamente
inconstitucional con que se maneja este verdadero secuestro legalizado. Si
Milagro fue o no prolija en el manejo de fondos y eso quiere investigarse, que
se lo haga, pero legal y constitucionalmente, en un proceso con jueces
imparciales y no con parientes y correligionarios y, mientras tanto, que se la
excarcele, como se hace con todos los procesados por ese delito”.
Y concluyó: “Este festival de bochornosas aberraciones
penales, de inventos pseudojurídicos sin mucha imaginación –por cierto–, es
escandaloso”.
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